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20 de junio de 2026

Primer juicio por jurados en Rosario: condenaron a prisión perpetua a un Aníbal Cabaña por el crimen de su exesposa y su pareja

El acusado fue hallado culpable por unanimidad tras más de dos horas de deliberación. El tribunal consideró la violencia de género y el vínculo con la víctima, así como el uso de arma de fuego

La Justicia de Rosario condenó este viernes a prisión perpetua a Aníbal Cabaña, de 62 años, por el femicidio de su exesposa Natalia Ocampo y el homicidio de César Valenzuela, en una causa que además quedó marcada por haber sido el primer juicio por jurados de la historia de la ciudad. El crimen fue cometido el 6 de abril de 2025 en una pensión de calle Uruguay al 5300.

La pena fue impuesta después de que un jurado popular, conformado por doce ciudadanos seleccionados para integrar el tribunal, declarara culpable a Aníbal Cabaña de manera unánime el pasado 12 de junio. La decisión fue tomada tras más de dos horas de deliberación secreta, luego de escuchar las pruebas presentadas por la Fiscalía y la defensa, así como los testimonios de testigos y peritos, y tras más de dos horas de deliberación secreta a puerta cerrada. La jueza de primera instancia Eleonora Verón aplicó la sanción máxima prevista por la ley.

Cabaña fue hallado culpable de homicidio calificado por el vínculo y por mediar violencia de género, agravado por el uso de arma de fuego, en perjuicio de Natalia Ocampo. También fue condenado por el homicidio agravado por el uso de arma de fuego de César Valenzuela, además de portación ilegítima de arma de fuego de guerra, encubrimiento y daño, todo en concurso real y en calidad de autor.

La respuesta central del caso quedó sellada este viernes cuando se informó que Cabaña deberá cumplir prisión perpetua por un femicidio y un homicidio. El caso juzgó el crimen de Natalia Ocampo, de 47 años, y el asesinato de César Valenzuela, de 48 años. La pena se detalló en la audiencia de cesura realizada en el Centro de Justicia Penal, después del veredicto de culpabilidad que un jurado popular dio a conocer durante la tarde.

Durante esa instancia, la jueza Eleonora Verón fundamentó su decisión en la gravedad de los delitos y en la contundencia de las pruebas reunidas a lo largo del debate oral. Además, consideró los argumentos planteados por la Fiscalía Regional 2, que había solicitado la sanción más severa prevista por el Código Penal debido a la violencia ejercida y a los antecedentes de conflictividad en la relación entre víctima y victimario.

Durante el juicio, la Fiscalía afirmó que el femicidio de Ocampo ocurrió en un contexto de violencia de género sostenido durante años. La relación entre ambos se había extendido por aproximadamente 18 años y existían denuncias previas por violencia desde 2010. Pocos días antes del ataque, la víctima había obtenido una prohibición de acercamiento contra el acusado. También había denunciado amenazas de muerte.

Según la reconstrucción de los crímenes, se supo que Aníbal Cabaña ingresó al inmueble con llaves que, según la acusación, le había sustraído a su expareja. Una vez dentro, subió a la planta alta, donde estaba Valenzuela, y pateó una puerta divisoria para entrar al sector de living-cocina. Allí efectuó al menos al menos 8 disparos con una pistola Bersa calibre 9 mm.

Natalia Ocampo recibió dos disparos en la cabeza y uno en el cuerpo, lo que le causó la muerte en el lugar. Por otro lado, César Valenzuela de 48 años quien era el novio de Ocampo fue atacado tras intentar defenderse durante un forcejeo. Finalmente Anibal Cabaña gatilló cinco veces contra Valenzuela, también en el cráneo y en el torso.

Tras cometer el doble homicidio, Cabaña se presentó voluntariamente en una comisaría local y reveló la ubicación del arma homicida, que había escondido en el tanque de agua de la casa de una de sus hermanas.

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