29 de septiembre de 2022
Cinco claves para entender las pasantías ACAP que rechazan los alumnos
• Las ACAP son ilegales
Contempladas en la ley 3.541 de Educación de la Ciudad, indican en su artÃculo 2° “Se entiende como Práctica Educativa Preprofesional al conjunto de actividades formativas desarrolladas en ámbitos de trabajo, que tienen carácter educativo, no obligatorioâ€. La ministra Soledad Acuña las impuso con una resolución 3958/21 violatoria de la Ley referida.• Las prácticas no son educativas
Los alumnos y alumnas concurren, según se indica en las convocatorias hechas por las empresas a pedido del Ministerio de Educación, a realizar actividades de limpieza en hoteles (Hotel Regente, hotel Marriot, donde se les pide, según consta en el documento adjunto "armado de camas" o "limpieza de vidrios y espacios comunes"), distribución de alimentos (Rappi) o armado de viandas (Cacyr), entre otras tareas que no se relacionan en ningún caso con las especializaciones elegidas por los alumnos.• Las ACAP reemplazan horas presenciales de Matemática, Historia, QuÃmica, que no se recuperan
El ministerio obliga a los alumnos a cumplir 120 horas cátedra anuales –quitadas a Matemática, Historia, QuÃmica o FilosofÃa, dependiendo de cada caso– en las prácticas laborales. Dichas horas nunca se recuperan, en desmedro de la formación escolar.• Alumnas y alumnos no son supervisados por personal docente
En ningún caso los alumnos y alumnas menores de edad son acompañados a sus ACAP por trabajadores de la educación: quedan en manos y a la orden de jefes de personal de empresas privadas sin experiencia en el trato con menores. En ese contexto, a las niñas las obligan a usar zapatos con taco, entre otras condiciones. Si no lo hacen, incumplen la ACAP y reciben en consecuencia la sanción escolar correspondiente por no cumplir los objetivos curriculares.• Las ACAP se realizan lejos de los colegios y sin autorización de los padres
Al hecho de que los y las menores concurren solos a un ámbito laboral que no está contemplado para ellos y ellas, a veces deben trasladarse distancias fuera del recorrido habitual, en algunos casos a varios kilómetros de sus respectivos colegios y hogares. Siendo menores, los padres deberÃan autorizarlos, pero los colegios no piden esta autorización a los padres. Si un padre o madre, en ejercicio de su patria potestad, eligiese negar la presencia de su hijo en ámbitos inconvenientes, el alumno o alumna recibirÃa la sanción escolar del caso como si faltara a clase.EL LADO OSCURO DE LAS PRÃCTICAS LABORALES OBLIGATORIAS EN CABA
- Un especial de Télam
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